Hola a todos! les comento un caso que tengo, necesito que me orienten.
Mi cliente de 36 años, con aproximadamente 16 años de aportes, sufre de ceguera congénita.
Ahora bien, la Ley 20.888 y la Prev 28-11 de este año establecen que para solicitar el beneficio, debe tener 45 años de edad y/o 20 años de aportes. Mi cliente no reune ninguno de los dos requisitos.
Entonces, puedo solicitar un RTI? es regular con derecho, pero no se si es posible, ya que al ser ceguera congénita entraria por el Regimen de la 20.888. No? :scratch:
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"Cuando la vida te ofrece un sueño que supera con creces cualquiera de tus expectativas, no es razonable lamentarse de su conclusión"