Hola, en mi primera incursion les doy las gracias por recibirme en vuestro foro y disculpas por preguntas de inicio.-
Tengo un reajuste de pension directa, la viuda percibe a partir de 1990, año del fallecimiento del esposo en actividad en relacion de dependencia pero no llego a los 30 años de paortes.- Siempre regular porque trabajo 25 años en el mismo lugar.-
Pregunta: Estoy por iniciar la demanda de reajuste por resolucion administrastiva denegada y no se como encarar la insconstitucionalidad de los arts. 49, 53 y 55 de la ley 18037.- Ya planetee la de la lay 24241 y moficatorias, citando los fallos respectivos, pero me quedo sin los periodos anteriores.-
Ademas no se si debo atacar los arts. relacionados con PC y PAP por no haber cumplido los 30 años de aportes.-
Mi primer reajuste encima de mi madre asi que sobreviene la inseguridad.-
Muchas gracias por la atencion a mi planteo.