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carlos alberto Meritorio
Mensajes: 97 Ciudad/Provincia: Resistencia Chaco
 | Tema: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 15:05 | |
| Sra. pensionada inicia trámite jub, envía sicam y se presenta al turno. Le rechazan x tener una pensión y le piden p iniciarla q traiga un amparo judicial. Se inicia el juicio de amparo (q ahora está tramitándose), pero en la biblioteca del portal veo la res carss 24156-09 q resuelve a favor una jubilacíon p pensio nada. Le llevo copia de la misma el jefe de la udai con la cual trabajo p consulta y, luego de unos dias, me informa q es p casos en q el jubilable podía jubilarse antes de la res 884-2006. O sea q, siendo mujer, tenía los 60 años antes del 23-10-2006, y q no se presentó x cualquier motivo q sea. Quienes cumplieren los 60 años con posterioridad a esa fecha, no podían obte ner el beneficio jubilatorio, excepto pago al contado. Q les parece a Uds? Carlos. |
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Alejandra Radua Auxiliar
 Mensajes: 201 Ciudad/Provincia: Capital Federal
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 16:08 | |
| Entonces, pregunto: se podrá iniciar para aquellas pensionadas que a octubre de 2006 tuvieran más de 60 años? Hice la consulta en el 130 de anses, me tomaron los datos y ayer me llamaron para decirme que sólo es para ese caso concreto. Alguien tiene más novedades? |
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paulae Meritorio

 Mensajes: 88 Empleo /Ocio: Abogada Ciudad/Provincia: Chivilcoy
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 16:42 | |
| Leí la resolución e interpreté (igual voy a releerla) que para aquellas personas que al 26/10/2006 cumplieron los 60 años y estan percibiendo una pensión mínima, no se puede pretender que cancele al contado la deuda, cuando está cobrando un haber mínimo... por eso, de acuerdo al Dec. 1451/06, donde el Estado debe garantizar la obtención de beneficios previsionales, si cobra la mínima y a esa fecha ya tenía la edad, podría jubilarse. No? :scratch: |
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Alejandra Radua Auxiliar
 Mensajes: 201 Ciudad/Provincia: Capital Federal
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 16:46 | |
| Pau: Interpretaste lo mismo que carlos alberto. Será así? Es decir, podremos iniciar para aquellas pensionadas que al 26/10/2006 tenían ya 30 años? |
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paulae Meritorio

 Mensajes: 88 Empleo /Ocio: Abogada Ciudad/Provincia: Chivilcoy
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 17:15 | |
| por eso quiero preguntar en anses... leé Alejandra la Resolución y decime si entendiste lo mismo... |
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MARIMO Moderador

 Mensajes: 4225 Ciudad/Provincia: BUENOS AIRES
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 17:15 | |
| Entonces serìa para las pensionadas que tienen 63 años o màs. ¿ no? |
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paulae Meritorio

 Mensajes: 88 Empleo /Ocio: Abogada Ciudad/Provincia: Chivilcoy
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 17:25 | |
| teoricamente si, y que su pensión sea de haber mínimo |
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MARIMO Moderador

 Mensajes: 4225 Ciudad/Provincia: BUENOS AIRES
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 17:26 | |
| ¡¡ qué perla si fuera cierto ¡¡¡¡ |
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Gaturro Moderador

 Mensajes: 1061 Ciudad/Provincia: Olivos; PBA.
 | Tema: Re: jub p pensionadas Sáb Jul 04 2009, 18:04 | |
| Es cierto, no tengan ningun temor, pero exclusivamente para ese caso revisado por la Carss, el cual no generaliza a otros casos. Solo sienta un precedente que en la repeticion de revisiones similares, falladas en el mismo sentido, alli si llevara a Anses dictar una norma mas benigna para estos . No olvidar que las resoluciones Carss no son vinculantes a la generalidad , sino que son aplicables solo a ese caso en particular. _________________ Abra un post nuevo para consultar, no escriba en uno ya abierto, se confunden las respuestas. Moderadores
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carlos alberto Meritorio
Mensajes: 97 Ciudad/Provincia: Resistencia Chaco
 | Tema: jub p pensionadas Dom Jul 05 2009, 09:52 | |
| | MARIMO1 escribió: | | ¡¡ qué perla si fuera cierto ¡¡¡¡ |
Perla es p las q tenían 60 años al 23/10/2006, pero no q las q cumplen dp. Pero son pocos los casos, no hay tantos despistados. El problema es p los/las q cumplen la edad con posterioridad, xq sabemos q con una solo jubilación (y menos con moratoria) no alcanza. Pero la gente de anses dice q es solo p estos casos. |
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MARIMO Moderador

 Mensajes: 4225 Ciudad/Provincia: BUENOS AIRES
 | Tema: Re: jub p pensionadas Dom Jul 05 2009, 09:56 | |
| hola: Si. De acuerdo. Pero hasta ahora nada de esto se podìa. Creo que puede ser un principio. saludos |
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carlos alberto Meritorio
Mensajes: 97 Ciudad/Provincia: Resistencia Chaco
 | Tema: Re: jub p pensionadas Dom Jul 05 2009, 20:17 | |
| | MARIMO1 escribió: | hola:
Si. De acuerdo. Pero hasta ahora nada de esto se podìa. Creo que puede ser un principio.
saludos |
Entre 2007 y 2008 con dos abogados amigos (soy contador) sacamos seis jub con amparos q están cobrando (en Resistencia - Chaco). Tenía un caso más iniciado en 2008 y le notifican q está denegado. Antes se podía con amparo, pero hay cambio en los fallos, creo q de la CSJN. No sé cual es el motivo. Miré el decreto 1451-2006 y no establece nada específico, ninguna derogación del decreto 1454-2005, q permite jubilarse con moratoria (y cobrar la jub). Q te parece a vos? |
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MARIMO Moderador

 Mensajes: 4225 Ciudad/Provincia: BUENOS AIRES
 | Tema: Re: jub p pensionadas Dom Jul 05 2009, 20:20 | |
| Hola: Si. Estoy de acuerdo con vos, yo tampoco termino de entender. Es una de las grandes incògnitas para mì a pesar de que sigo estudiando constantemente la 884, la 34 y la 70. |
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carlos alberto Meritorio
Mensajes: 97 Ciudad/Provincia: Resistencia Chaco
 | Tema: Re: jub p pensionadas Dom Jul 05 2009, 20:30 | |
| | MARIMO1 escribió: | Hola:
Si. Estoy de acuerdo con vos, yo tampoco termino de entender. Es una de las grandes incògnitas para mì a pesar de que sigo estudiando constantemente la 884, la 34 y la 70. |
Será posible q con esa palabra: "priorizar" del art 2do del decreto 1451-06; Massa (jefe de anses 2006) establezca q solo pueden hacer efectivo el cobro quienes paguen de contado la moratoria? Q autoridad tiene? Xq no es más específico el decreto 1451-06? Q dudas tengo. |
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MARIMO Moderador

 Mensajes: 4225 Ciudad/Provincia: BUENOS AIRES
 | Tema: Re: jub p pensionadas Dom Jul 05 2009, 20:43 | |
| Si. Tal cual como tantas cosas. Siempre hay una normativa confusa y contradictoria. Creo que es un reto permanente para tener que seguir estudiando, tratar de entender y cuando estàs firme salir a defender posiciones. |
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