Sí, sí, creo que eran tres años. Caramba con la memoria, lo que es no trabajar el tema; es un
res nullius, tras el período de abandono del titular, se puede tramitar su titularidad.
Es un bien mueble, semoviente;deberás pagar las patentes, hacer la transferencia de dominio a tu nombre.
Consultá con un gestor en automotores,o mejor, en el Registro Público del Automotor de tu zona, te tienen que asesorar gratuitamente .
Espero haberte sido de alguna utilidad.

Código Civil en el capítulo de Derechos Reales, y los decretos sobre automotores.